Este post tiene por objetivo tomar las definiciones de las cláusulas que tienen incidencia dentro del ámbito de seguros sobre el tema de guerra y conflicto armado, recogiendo criterios de colegas que colaboran con Mapfre, Lloyd´s, Garet, entre otras instituciones que participan en el mercado asegurador. La cláusula como tal, toma protagonismo en el siglo XVIII, donde las aseguradoras en Londres notaron que incluir el riesgo demandaba cada vez más indemnizaciones, debido a que los objetivos bélicos podían ser destruidos a mayor distancia, había un progreso exponencial de la aviación y su responsabilidad en los daños a los enemigos, y es acá cuando Londres decidió salvaguardar las suscripciones de guerra, y omitió la cobertura de daños por destrucción bélica. No olvidemos que las guerras en Europa de esa época al igual que en la actual, involucraban a muchos países al mismo tiempo. Expresado esto, Londres comenzó a ser un poco mas flexible en el tratamiento de la cobertura y to
Blog sobre la actividad de seguros nacional e internacional