Hace pocos días nos enteramos de, quizá una de las tragedias mas penosas, la perdida de un avión de la compañía emblema de la aviación de Francia, Air France, en uno de sus vuelos mas comerciales para la compañía, la ruta Río de Janeiro-París (Charles De Gaulle). Existe cierta curiosidad, hasta morbosa, de saber como se indemnizarán a los deudos de las victimas de este vuelo. ¿Será bajo las leyes de Brasil o de Francia? ¿Influye donde se compró el boleto de vuelo?; ¿el puerto de partida de el viaje?; ¿La nacionalidad del sitio del accidente? He recibido un buen numero de llamadas con estas incógnitas, de manera que aquí espero dejarlas despejadas en la forma mas sencilla que me sea posible. Las líneas aéreas tienen leyes internacionales específicas para codificar y regular sus actividades en el mundo. Resultaría bastante difícil el poner de acuerdo a muchos paises con leyes y reglamentos distintos en materia de aviación para obtener un acuerdo indemnizatorio. La IATA, y SOLAS, son las
Blog sobre la actividad de seguros nacional e internacional