martes, 24 de mayo de 2011

La cláusula de "Taller abierto", no funciona en forma tan autónoma como dice su texto, en la práctica, muchos reclamos mueren en la inconsistencia y negación, por falta de previsión del asegurado.  Aquí unos concejos con el propósito de evitar que su reclamo sea negado.


  1. El hecho que usted tenga una cláusula en este sentido, no lo faculta a ordenar la reparación de su vehículo, lo único que consciente la cobertura es que usted pueda elegir el taller.
  2. Si ya ingresó su carro al taller, por favor, y de manera enfática, no ordene ninguna reparación, es mas el auto no debe tocarse hasta la presencia del inspector de la aseguradora.
  3. Jamás piense que la aseguradora tiene la obligación de pagar otros daños que no sean los que exactamente se produjeron en el evento de la denuncia.  Es una práctica común que el asegurado pretenda que como no reclamó otros anteriores, (que generalmente no superan deducible), sean incluidos en un evento diferentes al que ocupa la reclamación puntual.   Su reclamo puede quedar invalidado por falsa declaración.
  4. El taller elegido por el asegurado, tiene la obligatoriedad de presentar a la aseguradora todas las cotizaciones, presupuestos y demás cargos, antes de dar la orden de reparación. Siempre.  En agregado, el asegurado no debe dar la orden de reparación a menos que tenga, preferentemente, una orden escrita de la aseguradora para proceder en este sentido.
  5. No retire su auto antes de que concluyan los trabajos de reparación y menos sin autorización de la compañía de seguros.
Siguiendo estos pequeños pero útiles sugerencias, el asegurado no tendrá molestias en el trámite de su reclamación la misma que la llevará a feliz termino, siempre y cuando, vaya a constatar el avance de las reparaciones periódicamente al taller. Finalmente, evite sorpresas, repase el presupuesto aprobado por la aseguradora, antes de que sea enviado al cobro a la aseguradora para que sea coincidente con la historia de la reparación.   Hasta el próximo post.



Crédito fotos: Club Honda Spirit Google Images
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lunes, 16 de mayo de 2011

Seguros de Salud, deducible por causa o año calendario?

Recientemente tuve la oportunidad de analizar las opciones de deducibles existentes en el mercado, siendo solo una compañía la que está manejando el tema del deducible anual, como consecuencia de una consulta hecha por un asegurado. 
Acá les dejo los resultados; si bien el deducible por causa se aplica únicamente por acceder a la atención médica por cada enfermedad que se contraiga, donde aparentemente habría una ventaja económica para el asegurado especialmente cuando son varios participantes en la póliza, no es menos cierto que una vez que se ha completado con la cifra el asegurado no paga mas por atenderse esa dolencia en especial. 

En pero, y muy grande el pero, cuando se someten todas las facturas a consideración de la aseguradora por atenciones medicas recibidas por un grupo familiar, se va a completar el deducible de la póliza mediante la suma de dichas facturas pero lo que no tiene claro el asegurado es que cuando el desee migrar su póliza a un plan distinto al que tiene contratado en la actualidad (el 91.22% de los asegurados migran en 3 años), la aseguradora se reserva el derecho de declarar pre-existente todas las enfermedades tratadas en las atenciones medicas (ambulatorias o no) en las que incurrió el asegurado o su familia en ese año de cobertura, condicionando a una exclusión segura de toda cobertura a quien recibió la atención medica.  El comentario acá descrito obedece a la investigación y obtención de estadísticas que superan el 43% de los casos en los cuales se presentaron facturas para completar el deducible de atención medica en póliza.  Hasta el próximo post. 


Copyrigth; Gustavo Zevallos B. 2011 all rigths reserved 

Crédito fotografías, Google images 

lunes, 2 de mayo de 2011

Por que la gente desconfía de los seguros?


La pregunta del titulo del presente post, es ciertamente aquella que detestan hacerse a si mismas las empresas de seguros y los corredores o agentes de seguros.  Pero, definitivamente, es la incógnita que gira entorno de la actividad aseguradora, y es una pregunta que tanto aseguradores como intermediarios utilizan para endosarse las responsabilidades del temor, (o desconfianza), del gran protagonista de la actividad; el asegurado.  
Aquí algunas de la motiviaciones de tal desconfianza.

  1. Inconformidad con el tratamiento de las reclamaciones, especialmente con las negativas de las mismas.  Las aseguradoras son parcas, algunas veces groseras cuando comunican una negativa de reclamo, pues en lo absoluto sustentan en forma contundente y clara este acto.
  2. Plazos de pago de siniestros prolongados.  Mas de una aseguradora tarda en pagar sus obligaciones por siniestros en forma injustificable para el asegurado.  Lo correcto seria que se pagaran en el menor tiempo posible y sin dilaciones, muchas aseguradoras, [a pesar de la molificación del viejo articulo 100 de la Ley General de Seguros, todavía utilizan el proceso de documentación como excusa para dilatar el proceso indemnizatorio], no respetan el plazo contractual, y otras tantas, el plazo acordado con el asegurado para cumplir.
  3. Falta de comunicación con el asegurado, aquí interviene también el agente o corredor de seguros, quien es el responsable en el mayor porcentaje, que la comunicación sea fluida, exacta y acorde las circunstancias del siniestro.
  4. Poca profesionalidad en el manejo del mercado de intermediación.  Aquí, sin lugar a dudas, y sin que medie ninguna justificación, es donde el mercado asegurador "hace agua".  La gran responsabilidad que tienen los brokers, intermediarios, agentes, en asesorar debidamente a su cliente (asegurado), no es cuestión de vender una póliza, es un compromiso entregar un contrato acorde a las necesidades, que esté asesorado de manera técnica y jurídica en materia de seguros y de las necesidades del cliente.  Hoy en el Ecuador un 60% de los intermediarios  no son profesionalmente capaces.
  5. Pólizas poco claras.   Mientras en Massachusets hay una póliza estándar de 17 palabras, en Ecuador aun continuamos con la forma contractual contraria, esto es;  todo lo que no esta dicho en la cobertura esta excluido, esto obedece al contrato corriente forma Nueva York de omisión.  Los usuarios del seguro se quejan constantemente de la "letra chiquita" que tienen sus pólizas, y la gran cantidad de artículos, que precisan de endosos para que sean aclarados en beneficio de las coberturas que son de interés del contratante.
Creo haber numerado los aspectos mas relevantes, pero es indispensable dejar en tinta, que ni todas las aseguradoras son incumplidas, ni todos los asegurados presuntos delincuentes, los hay de todo tipo, y de la buena calidad de intermediacion despenderá el próximo cambio hacia la confianza en los seguros.   Hasta el próximo post.

Créditos:  Google images, Liberty Insurance Group.

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INTERPRETANDO LAS CIFRAS DEL 2025.

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