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Mostrando entradas de octubre 26, 2009

Cláusula de Abandono en la póliza de vehículos.

Conozco varias personas que no pudieron acceder a su indemnización debido a que se les aplicó la cláusula que ocupa este post.  Repasemos cual es el espíritu de la letra muerta enmarcada en las Condiciones Generales de la póliza de vehículos.   El asegurado no puede, está prohibido, de abandonar un bien asegurado luego de un accidente que afecte al automotor, so pena de perder los derechos del contrato de seguros.  Esto se pacta así  en virtud que siendo abandonado un vehículo será (en forma casi segura) victima de otros eventos tales como robo, hurto, ratería, etcétera.  Si el dueño del mismo permanece en el sitio del accidente es posible evitar mas siniestros, esto sostienen las aseguradoras en lo que respecta al espíritu de la cláusula. Yo debo de coincidir que en cierto modo es explicable que sea así, pero no solamente por causa de un accidente en donde se encuentren daños a la cosa asegurada, también es necesaria la presencia del conductor en el establecimiento de las respons