lunes, 10 de octubre de 2016
martes, 4 de octubre de 2016
La Junta Política de Regulación Monetaria y Financiera, derogó medida sobre comisiones a AAPS, y agentes
En virtud de la Resolución No.283-2016-S de la Junta Política de Regulación Monetaria y Financiera, queda derogado el pago porcentual de las comisiones a los asesores productores de seguros y agentes con y sin relación de dependencia, esto en función del cobro de las primas financiadas, Consecuentemente se estima que a mas tardar a fines de octubre o primeros días de noviembre/ 2016 las aseguradoras liberaran la porción retenida por concepto de pagos graduales mediante el proceso y método que elijan.
Esto a no dudarlo constituye una buena noticia y dinamizará el sector del corretaje en forma inmediata, Saludamos la medida, pues desde este espacio, siempre sostuvimos que es una forma universal la adjudicación de comisiones al intermediario por consecución de un negocio, al pago de la primera cuota de su prima por el riesgo que se esta asegurando.
El link de la resolución aquí ED. hasta el próximo post.
lunes, 3 de octubre de 2016

SALUD S.A. CANCELARA TODO SU PORTAFOLIO CORPORATIVO EN 30 DIAS
Trascendió
esta mañana en las primeras horas, luego que las principales empresas
industriales y de comercio recibieran la carta circular de parte de Salud SA en
la cual daban a conocer la decisión, de abstenerse de continuar en el mercado
corporativo de prestaciones de servicios de salud en vista de la aplicación del
artículo 5 de la nueva ley que regula estos servicios con respecto a los que
presta el Seguro Social. Deploramos la medida y hacemos los mejores
votos porque exista una solución viable a la situación, que a lo único que
tiende es a tratar de evitar un cumulo de reclamaciones que podría postrar a
las prestadoras de estos servicios en la quiebra, y que se promuevan las
medidas correctivas que sean necesarias para evitar mayores impactos en las
personas aseguradas. ED Hasta el próximo post.
En más de
una ocasión se ha planteado esta incógnita de que es más ventajoso; ¿asegurarse individualmente o en forma
corporativa? Aquí algunas
consideraciones, desde el concepto y punto de vista de garantia de coberturas, mas no de costos
2.-La
Individual, es producto de la evaluación (también) del riesgo que se somete a consideración
de la aseguradora.
3.- ¿Existe
alguna ventaja en tomar un seguro de forma corporativa, o grupal?, es otra de
las incógnitas planteadas, la respuesta es un rotundo no. Esto se explica por sí mismo, pues si el
negocio corporativo tuviera alguna ventaja sobre el individual, se estaría desvirtuando
la calidad de cobertura de este, cuando en realidad es exactamente igual. Las garantías que exhiben las pólizas
individuales, son las mismas que pueden exhibir las coberturas corporativas o grupales.
4.-¿Cuál es
la garantía de una póliza de seguro individual y una corporativa? Son exactamente iguales, es más, son las mismas. La mejor garantía que puede tener un
asegurado, es adquirir un contrato de seguros bien estructurado acorde sus
necesidades de cobertura, con una empresa aseguradora que tenga el respaldo
profesional y financiero adecuado. No
existe un contrato de seguros más eficiente para una corporación que para una
persona, para citar un ejemplo. El
negocio de los seguros es posible gracias a la comercialización en principio de
los seguros individuales, que son el sostén que hace posible que la industria
del seguro permanezca, y todo seguro corporativo tiene que suscribirse en base a la individualidad de los riesgos que posea. ED. Hasta el próximo
post.
domingo, 25 de septiembre de 2016
SEGUROS CONDOR NOS INVITO A SU TERCER COLOQUIO.
| Dr. Eduardo Peña Hurtado Gerente General de Seguros Condor |
Nos dimos cita a las 8.00 a.m. en los salones del Hotel Sherathon de Guayaquil, donde se celebró el encuentro. Los temas preparados fueron, el primero relacionado al terremoto de abril con una charla sobre el significado, eficiencia y ciertas medidas que se recomiendan para las construcciones sismo resistentes, la segunda sobre la nueva forma de suscribir los Riesgos Tecnicos, esto es Todo Riesgo para Contratistas, Seguros de Montaje y Pruebas en Caliente, Rotura de Maquinaria, y Lucro Cesante a consecuencia de las mismas.
| Principales Ejecutivos y Staff Administrativo de Seguros Condor |
| Asistentes |
Mas allá de cualquier mención nos merece la mejor de las impresiones la Conferencia ofrecida por el Ing, Mera, quien en su desarrollo nos ilustró de mejor manera, para llevar a cabo una suscripción de riesgos de propiedades mucho mas tecnica, y apegada sobre todo, a nuestro entorno e historia sismica, sin duda un gran aporte.
Sin quedarse atrás, el Ing. Oscar Rodriguez, nos ilustró como ha evolucionado el mercado reasegurador en el mundo, respecto a los ramos tecnicos, que elementos se toman en cuenta para suscribir un riesgo, y el tipo de investigacion que se debe emprender para suscribirlo de una manera tecnica y sobre todo eficiente, desde el punto de vista de costos.
| Dr. Eduardo Peña Triviño Asesor Permanente de Seguros Condor. |
Crédito fotografías: Skandia Sanchez/ Seguros Condor
martes, 13 de septiembre de 2016
La Ley de
incentivos tributarios y los seguros de salud: Lo que no se ha
dicho.
La recientemente aprobada y
(poco) debatida Ley de Incentivos Tributarios, en la parte pertinente a los
seguros de salud no es clara y carece de aplicación, al menos en su
interpretación inmediata. Dentro de lo
que no se ha dicho tenemos, en primer término, como se reglamentará la atención
de las enfermedades preexistentes, si estas tendrán un deducible aplicable en dólares, o si regirá un periodo de carencia, y por
cuanto será. No hay nada de esto.
Otro tema en observación, que el
IESS lo da como resuelto y con velocidad; es como se hará la transferencia del
afiliado a la aseguradora privada. Por
ejemplo, si un trabajador padece una enfermedad, [que tiene dos perfiles, catastrófica y
preexistente, Cáncer], cómo lo asimila
la aseguradora o el operador de medicina prepaga, y bajo que parámetros? Lo debe atender inmediatamente, o debe regir
el periodo de carencia? Lo idóneo para
el afiliado es que exista continuidad de cobertura. El IESS debe conocer que los deducibles, sean
estos en dinero o en tiempo, operan siempre en las primeras atenciones, pues
una vez que se ha honrado el deducible,
la atención siempre estará dada acorde lo estipulado en los contratos de
seguros, sean pólizas o de medicina prepaga.
¿Seguirán existiendo los copagos por; atención ambulatoria,
especializada, imágenes, laboratorio y cirugías?, cual es el proceso a
seguir?
Un punto importante es, ¿quién pagará el contrato de prestación de
servicios o la póliza de seguros? La incógnita se plantea visto que, no se ha
aprobado una tabla tarifaria que contenga el siguiente perfil técnico, rango de
edades y sus correspondientes tasas de riesgo
o costos por persona, aclaración de deducibles (existen escalas de
deducibles), tablas de copagos para las compañías de medicina prepaga, establecimientos
y médicos que conforman la red se servicios médicos, entre los más importantes,
reglamento y procedimiento de transferencia de afiliados, límites de las
coberturas, que son elementales tenerlas.
Quizá lo más importante, (que no
se ha tocado), es la visión del esquema técnico que poseen los seguros de
salud, estos deberían tomarse en consideración.
Me voy a explicar, las personas que toman un seguro o plan de medicina prepago, son
personas que se pertenecen a un estrato socio-económico medio, medio alto y
alto. Los costos de sus beneficios en
estas compañías, no son económicos, son
altos; las sumas indemnizables en
los planes de medicina prepaga, son limitados y oscilan entre los 5.000 dólares
hasta los 200.000 en los mejores casos, y se circunscriben a un año calendario
contrato, nada más. En las compañías de
seguros estos valores pueden llegar a los millones de dólares. Serán muy pocos los empresarios que adoptarán
la política de asegurar a todo su personal en uno de estas dos alternativas,
pues tendrán que lidiar con costos agregados al de afiliación de sus empleados,
que son sustantivamente más elevados y consecuentemente incidirán en sus
resultados financieros. El servicio
médico para el afiliado vía pago de deducible por parte del IESS será un vía
crucis, pues debe existir previamente una autorización de ellos para la
derivación, en consecuencia será, por decir lo menos, demorada.
Y finalmente una consideración
lógica, el negocio de los seguros de salud, esta cimentado en la ocurrencia
fortuita, no en la cierta. El impacto
de atención a personas con afectaciones de enfermedades catastróficas va a ser
determinante en la operación del sistema de aseguración en general, sus costos
van a subir, se convertirán en impagables, y con tendencia clara a liquidarse,
pues nadie puede sostener una empresa a perdidas. La atención social de la salud, es una cosa
totalmente distinta a la privada, los márgenes de aportación en la primera son
universales y obligatorios, en el segundo, no lo son.
Se debe analizar más a fondo el
tema con los distintos actores involucrados en este caso, haciendo talleres que
examinen y simulen el comportamiento y posible respuesta del mercado en el
tiempo y pronosticar resultados que sean reflejo de la realidad que viven las
aseguradoras y empresas de medicina prepaga en el país.
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