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Seguros de Salud, deducible por causa o año calendario?

Recientemente tuve la oportunidad de analizar las opciones de deducibles existentes en el mercado, siendo solo una compañía la que está manejando el tema del deducible anual, como consecuencia de una consulta hecha por un asegurado. 
Acá les dejo los resultados; si bien el deducible por causa se aplica únicamente por acceder a la atención médica por cada enfermedad que se contraiga, donde aparentemente habría una ventaja económica para el asegurado especialmente cuando son varios participantes en la póliza, no es menos cierto que una vez que se ha completado con la cifra el asegurado no paga mas por atenderse esa dolencia en especial. 

En pero, y muy grande el pero, cuando se someten todas las facturas a consideración de la aseguradora por atenciones medicas recibidas por un grupo familiar, se va a completar el deducible de la póliza mediante la suma de dichas facturas pero lo que no tiene claro el asegurado es que cuando el desee migrar su póliza a un plan distinto al que tiene contratado en la actualidad (el 91.22% de los asegurados migran en 3 años), la aseguradora se reserva el derecho de declarar pre-existente todas las enfermedades tratadas en las atenciones medicas (ambulatorias o no) en las que incurrió el asegurado o su familia en ese año de cobertura, condicionando a una exclusión segura de toda cobertura a quien recibió la atención medica.  El comentario acá descrito obedece a la investigación y obtención de estadísticas que superan el 43% de los casos en los cuales se presentaron facturas para completar el deducible de atención medica en póliza.  Hasta el próximo post. 


Copyrigth; Gustavo Zevallos B. 2011 all rigths reserved 

Crédito fotografías, Google images 

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