El Asambleista Galo Lara en una entrevista concedida a Ecuavisa denuncia irregularidades en la Contratación Pública de seguros con instituciones y empresas del estado, (Ver entrevista aquí). El militante de SP tiene razón pero a medias, explicaré en cuales a mi entender, si, y, en cuales no. Si tomamos como referencia que existe un decreto que obliga a todas las empresas e instituciones del estado a contratar con Seguros Sucre, vamos a encontrar que muchos de sus argumentos se desvanecen al tenor del contenido del mandato, esto es que no hay concursos de precios, lo que concluye que no se pueden encontrar sobreprecios.
Los sobre precios en materia de seguros constituyen un relativismo total. Hay sobre precio con respecto a qué?, y en que fecha y circunstancias está dado este?. Dificil determinarlo. Un riesgo puede tener una tarifa en un mercado, como el de Londres, de 1% por poner una cifra, al mismo tiempo si se cotiza ese riesgo en el Mercado Continental Europeo puede variar a 1.20%, esto no va a constituir un sobreprecio, simplemente son apreciaciones técnicas para asumir un riesgo. Sin embargo, cuando un grupo de reaseguradores dá una tasa neta de riesgo (Flat Rate por sus siglas en inglés FR), es el reasegurador en conjunto con la aseguradora quienes fijan la carga o el "Load" del costo, a fin de solventar las comisiones de colocación, que son: la de la compañía cedente y la del intermediario o broker de reaseguros. Cuanto es lo usual?. Se estima que una comisión de hasta el 12% es normal para el intermediario de reaseguros, mientras que una entre el 28 y 30% -dependiendo del riesgo- lo es para la cedente, pues tiene que honrar comisiones de intermediación local con los brokers.
Si la SIBS no tiene la información de auditoría en sus manos, quiere decir que no se ha recabado la información objeto de esta por que no se ha llevado a cabo en forma adecuada la diligencia, me explico; los soportes o pruebas de una auditoría, (mas si es de seguros), tienen que contar con el apoyo de documentos originales, caso contrario cualquier observación o glosa técnica quedaría en el aire por no tener soporte, y el tenedor de los documentos bien puede alterarlos. Este concepto no admite discusión, sean de quien sean la pólizas y los reaseguradores. En relación al tema de las comisiones, cuyos documentos se mostraron en la entrevista, si son del 100% como denuncia, sobrepasan los limites usuales y acostumbrados, por lo que habría que investigar que fin tuvieron, sin embargo no se debe de olvidar que no están tabuladas, en otras palabras, son de libre asignación, por lo que las aseveraciones podrian caer en saco roto. Hago otra observación, desde siempre hasta la fecha, la actividad aseguradora garantizó comisiones a los burócratas, cuyos beneficiarios puedían ser desde Presidentes hasta mensajeros, justamente esto es loque se trató de evitar con el decreto de contratación directa con una aseguradora, cosa que al parecer, según lo denuncia Lara, no está ocurriendo,
La contratación con una sola aseguradora obedeció a la intención de abaratar los costos de seguros.
Lara tiene, en cambio, toda la razón en lo que toca al intermediario de reaseguros, tanto en la parte contractual -que no debe de firmar notas de cobertura-, como en la financiera y tributaria, pues si no hay pagos de impuestos, significa que no hubo tampoco contribuciones a las SIBIS, consecuentemente no eperó en esos años, cosa que es dudosa. La actividad de seguros necesita un buen baño de transparencia, y quien lo debe impulsar a costo de lo que sea es la misma Sra. Sabando, quien entiendo es una persona muy seria, sería pues que tome el toro por los cuernos, esto es mandar auditores especializados al exterior y constatar costos, comisiones y transacciones, luego cotizar los mismos riesgos asumidos por Sucre en mercados alternativos (que los hay bastantes), para entonces si determinar si hay o nó irregularidades, pues hasta el momento estamos situados en el departamento de especualaciones. Hasta el próximo post. ...///...
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