Día a día nos aprestamos a ver nuevas cosas, y desde luego, nuevas coberturas. Quisiera referirme ahora a los nuevos vehículos híbridos, (no son tan nuevos, pues empezaron en los años 30) que ya están demandados en los concecionarios por ser, poco contaminantes, ahorradores de combustible, (se estima hasta en un 50%), y por su precio de compra. Estos vehículos tienen dos motores; uno de combustión interna (o convencional de gasolina) y otro eléctrico operado por baterias de 42 voltios y un pequeño modulo electrónico o computadora vehicular.
El motor a gasolina no necesita mucha presentación, sin embargo el eléctrico es necesario precisar algunas cosas como por ejemplo; está localizado al lado del motor convencional engranado a un nuevo embrague que obedece a una tarjeta electrónica muy compleja en su software. Su funcionamiento en mayoritariamente para los momentos en que se supone se consume mas combustible fósil, en las arrancadas, en las cuestas o cuando se acelera a velocidades mayores. El motor a gasolina funcionará automáticamente cuando la computadora indique que es necesario de acuerdo a la demanda del conductor. Contrariamente a lo que se piensa, lo que está en la parte posterior del vehículo son sus baterías, que son secas, de litio y cadmio.
En caso de un accidente al vehículo, en que comprometa sus partes mecánicas, las compañías de seguros deben de honrar la parte que correspondan al motor eléctrico. La evacuación del reclamo no tiene mayores diferencias que las aplicadas en un auto normal, pero ciertos servicios serán nuevos en el tema. Habrá que buscar técnicos en electrónica, y los llamados mecatrónicos, que no son otra cosa que aquellos que han aplicado la tecnología combinada de las dos ramas, electrónica y mecánica. Aquí iremos desde la sustitución completa de las unidades de computación del vehículo hasta el desarrollo de un software correctivo del mismo. En EE. UU. donde están mas avanzados, las aseguradoras están gastando un promedio de 43.55% mas en arreglos de esta naturaleza, lo cual ha encarecido los presupuestos de pago de reclamaciones corrientes en el período actual. Acá en Ecuador no queda claro como se va a operar, en cualquier caso es mérito de las aseguradoras procurar cláusulas nuevas que se ocupen de normar los pagos. Se impone pues la cláusula de Amparo Electrónico, de Reprogramación del la UC, y una homologación de coberturas para cubrir el motor eléctrico y sus baterias.
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